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Cambia la Ley. ¿Que tengo que hacer para facturar legalmente?

Ya están aquí la «ley Crea y Crece», la Ley de «Facturación electrónica» , «La Ley Antifraude» y ahora, la nueva ley que regula a los programas de facturación y prohíbe el software de ‘doble uso’

Tras la publicación de las medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal recogidas en la Ley 11/2021, de 9 de julio, ahora se publica Reglamento de Certificación de Software. Este, establece las especificaciones de la prohibición de programas de facturación de doble uso que ya anticipó la Ley Antifraude en julio de 2021.

En concreto, este reglamento aptobado en Consejo de Ministros el pasado 5 de Diciembre, regula los requisitos de los programas informáticos de facturación lo contemplado en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en lo que se refiere a los procesos de facturación para asegurar la estandarización de sistemas y programas informáticos de facturación y evitar la alteración de las facturas y facturas simplificadas una vez emitidas.

Las compañías deberán remitir a Hacienda de forma instantánea sus facturas a partir de julio de 2025

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El Ministerio de Hacienda ha aprobado el Real Decreto porque el que se desarrolla la Ley de 2021 para prevenir y evitar el fraude fiscal que obligará a las compañías que facturen menos de 6 millones de euros (las que ingresan más ya lo hacen desde 2017) a suministrar de forma inmediata su facturación a la Agencia Tributaria a partir del 1 de julio de 2025.

Cabe matizar que esta obligación es distinta de la que desarrolló la Ley Crea y Crece y que obliga a todas las compañías y a los autónomos a emitir facturas de manera digital. El Ejecutivo aún no ha aprobado el reglamento para poder aplicar esta norma… Pero también te explicaremos en que consiste.

Los programas tenemos 9 meses (desde el 6 de diciembre) para adaptar nuestros sistemas.

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